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El IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) es un tributo que grava el incremento de valor que ha experimentado el terreno mientras una persona ha sido propietaria de un piso, aparcamiento, trastero, local o solar de naturaleza urbana.

Este impuesto se debe pagar cuando hay una transmisión de la propiedad.

Los obligados al pago son:
- el transmitente de los bienes o derechos, en las transmisiones onerosas (como las compraventas)
- la persona que recibe los bienes, en las donaciones
- los herederos, en las transmisiones por causa de muerte.

Este tributo lo gestiona el ayuntamiento a través del Área de Gestión Tributaria- Plusvalías

Puede las bonificaciones en el apartado de bonificaciones fiscales.

Trámites